sábado, 30 de abril de 2016

Guía Para Evaluar EIAs de Proyectos Mineros

martes, 26 de abril de 2016

Propuesta de Alternativas para Construir las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en la Cuenca del Lago Titicaca

Imagen Referencial Internet
Al analizar el nivel de avance del proyecto de los Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales en la Cuenca del Lago Titicaca, además de ver el cronograma presentado por parte de Proinversión para la declaración de la viabilidad y posteriores procesos para la contratación de la empresa para la elaboración del expediente técnico y la ejecución del proyecto, se daría a fines del último trimestre del año 2017, además esto dependerá de la calidad de los hitos y/o módulos que presente la empresa Proponente y el tiempo que se tome Proinversión para el análisis y la evaluación de los contenidos de los módulos del proyecto.
La formulación del proyecto esta a cargo de una empresa Proponente (Graña y Montero), por la modalidad de la iniciativa no tiene contrato, ni plazos para la culminación de los estudios a nivel de preinversión y sumado a esto los largos procesos de análisis y evaluación de los mismos por parte de Proinversión, esto hace que los plazos pueden seguir alargándose para la viabilidad del proyecto. Además, considerando las etapas comparación de proyecto público-privado, opiniones técnicas favorables de las instituciones involucradas (Contraloría, SUNASS, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio del Ambiente y otros), que justifique la declaratoria de interés, posterior pre y promoción del proyecto, concurso público, adjudicación de la Buena Pro a la empresa interesada formuladora y otros terceros empresas.
Frente a estas consideraciones se debería buscar alternativas que permitan reducir los plazos de manera que este proyecto tan anhelado para el Titicaca se concretice en el menor tiempo posible, para dicho propósito planteo dos alternativas:
  1. Proinversión deberá ampliar el número de evaluadores en la tipología del proyecto y que la empresa Proponente presente un proyecto de alta calidad en sus contenidos y las observaciones sean mínimas. Claro esta para este propósito la empresa por lo menos deberá contar con una oficina en la ciudad de Puno (No se conoce el detalle de los estudios por que tienen carácter de confidencialidad).
  2. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al contar con la delegación de competencias en materia de saneamiento otorgado por las Municipalidades involucrdas, pueda en forma directa convocar a licitación donde se seleccione a la empresa encargada de formular el proyecto a nivel de preinversión. A este proceso se puede presentar la misma empresa Graña y Montero y, si gana otra empresa lo pudiera vender todos los avances a la empresa seleccionada.
    • La segunda alternativa permitiría que antes de 3 meses podríamos tener a la empresa con contrato, presupuesto, plazos definidos que no superaría los 10 meses y la evaluación directa por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que es menos compleja y que sus evaluadores cuentan con experiencia en saneamiento en comparación de Proinversión.
    • Permitiría que a principios del año 2017 tendríamos el proyecto viable y a mediados del año, contar empresa seleccionada para la elaboración del expediente técnico y la ejecución de las obras.
    • El ahorro de tiempo por lo menos se reduciría en un año en comparación con la otra alternativa.  
Estas alternativas y otras deberán ser analizadas técnica y legalmente por las autoridades con sus asesores y equipos técnicos, colegios profesionales y las organizaciones civiles, que permita concretizar en el menor tiempo posible el proyecto. Lo que esta claro es que cualquiera sea la alternativa optada por lo menos hasta el 2021 no contaremos con las anheladas plantas de tratamiento de aguas residuales en la cuenca del Lago Titicaca.
Será necesario en buscar alternativas paliativas y temporales para controlar las aguas residuales durante este periodo, el mismos podría ser el mantenimiento de los sistemas colapsadas para reducir los niveles de contaminación a las aguas del Lago Titicaca.

viernes, 22 de abril de 2016

Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales del Titicaca: La elaboración del expediente técnico se iniciaría el 2018

Según Proinversión la adjudicación de la Buena Pro, a la empresa encargada de la elaboración del expediente técnico y ejecución de las 10 plantas de tratamiento de aguas residuales en la cuenca del Lago Titicaca, iniciando su elaboración del expediente técnico el año 2018 y ejecución de las obras en el 2019.
El proyecto en la etapa de preinversión cuenta con 4 hitos (Diagnóstico, Identificación, Formulación y Evaluación), hasta la fecha Proinversión recibió el 21 del abril el módulo de Identificación para su revisión y análisis. Bajo estas consideraciones esta entidad estima que el módulo de Formulación se desarrollaría en el III y IV Trimestre del 2016, por ser el módulo de mayor complejidad en donde ya se detallan las tecnologías, análisis de oferta, demanda, ingeniería y costos; para dar paso a la etapa final en el módulo de evaluación, donde además ya se incluye la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) con su respectiva clasificación de categoría ambiental, todo este procedimiento se estima que estará terminada para el IV trimestre del 2016 y que quedaría apto para la declaratoria de viabilidad.
La comparación privado-público del proyecto se desarrollaría en el I Trimestre del 2017, para dar paso a la declaratoria de interés en el II Trimestre del 2017, siguiente paso sería adjudicar la Buena Pro a la empresa interesada en el III Trimestre del 2017 y finalmente adjudicar la Buena Pro a otras empresas interesadas en el IV Trimestre del 2017.
En términos sencillos tendríamos a la empresa seleccionada con la buena pro y con contrato en los últimos tres meses del año 2017, que puede ser la misma empresa Proponente (Graña y Montero) u otro tercero que mejore la propuesta técnica y económica del Proponente.
Los plazos son técnicamente razonables, considerando la complejidad del proyecto y una inversión que bordea los 450 millones de dólares. Lo que sí sorprende es la pasividad de los involucrados que permitieron solo avanzar el módulo I (diagnóstico) en dos años; y considerando que el resto de los módulos tienen mayor complejidad, sobre todo el módulo III.
Reducción de plazos: La solicitud de las autoridades y la sociedad civil es realizar todos estos procedimientos en el menor tiempo posible; esto sería posible solo cuando Proinversión incremente el número de evaluadores y que trabajen con la empresa Proponente de cerca, y además este último por lo menos cuente con una oficina en la ciudad de Puno; y un seguimiento técnico permanente por parte de las autoridades y la sociedad civil.
Congresistas: es interesante que hoy se hayan involucrado en este proyecto tres congresistas electos (Lucio Avila, Alberto Quintanilla y Orasio Pacori), además del congresista reelecto por Lima Yonhy Lescano, que garantizan la continuación y cumplimientos de los procedimientos necesarios para su concretización y que no se obstaculice con los procesos de transferencia y cambio de ministros y funcionarios del próximo gobierno nacional.

martes, 15 de marzo de 2016

Juliaca en Emergencia Sanitaria

A través de la Resolución Directoral N 036-2016/DIGESA, la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA, Declaró como zona en estado de emergencia sanitaría a las ciudad de Juliaca, por el manejo inadecuado de residuos sólidos, por un plazo de ciento veinte (120) días calendarios, para que la Municipalidad Provincial de San Román de acuerdo a sus competencias, autorice e inicie la operación de un relleno sanitario para disponer los residuos sólidos generados en la ciudad de Juliaca. 

Además otorgando a la Municipalidad Provincial de San Román un plazo de diez (10) días calendarios, donde deberá realizar la eliminación, control y limpieza de los puntos de acumulación inadecuada de residuos sólidos identificados.

En el mismo dispositivo se establece un plazo de siete (07) días hábiles, para que la Municipalidad Provicnial de San Román, presente el Plan de Trabajo, describiendo todas las acciones necesarias para eliminar el riesgo sanitario generado por el inadecuado manejo de residuos sólidos de la ciudad de Juliaca, con su respectivo cronograma. Además de un plazo de treinta (30) días calendarios para realizar acciones correspondientes para clausurar el botadero de residuos sólidos unicado en el sector Chilla y remita un informe sobre lo actuado.

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lunes, 22 de febrero de 2016

Trasvase de las Aguas del Titicaca a Tacna

Después de una década de intento infructuoso por parte del Proyecto Especial Tacna (PET) ahora administrado desde el Gobierno Regional Tacna, de trasvasar las aguas de la Cuenca del Lago Titicaca, hacia la cuenca del Pacífico (departamento de Tacna).
Hoy nuevamente se abre esta posibilidad de retomar este proyecto, posterior a las declaraciones de promesa electoral vertidas por uno de los candidatos a la Presidencia de la República, para ampliar la frontera agrícola en la Costa Sur del País.
Como se recuerdas, mediante el Decreto Supremo Nº 033-94-AG, se prorrogó la reserva de agua por 2 años a favor del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, correspondiente a un caudal de 28.47 m3/seg. Sin embargo, Proyecto Especial Tacna solicitó un caudal mayor 33.348 m3/seg, a pesar de que INRENA en su momento había opinado a favor de 20.588 m3/seg.
En el año 2005 el Ministerio de Agricultura, a través del Decreto Supremo Nº 013-2005-AG, se disponía reservar caudal de aguas superficiales y subterráneas a favor del PETT, en un caudal 20.588 m3/seg, y lo que llamó la atención fue que 60.5% (12.453 m3/seg) de las aguas correspondían a la cuenca del Lago Titicaca. Afianzamiento Laguna Laricota: Río Chila (Ccaño) 0.338 m3/seg y Río Coypacoypa 0.592 m3/seg; Vilavilani: Río Maure en Chuapalca 0.723 m3/seg y Aguas Subterráneas Ancomarca 0.800 m3/seg y; Río Huenque: Río Llusta 2.633 m3/seg, Río Huenque 4.462 m3/seg y Río Aguas Calientes 2.905 m3/seg, pertenecientes políticamente a los distritos de Ácora, Condori, Capaso y Santa Rosa – Mazocruz.
Según el Plan Director del Sistema T.D.P.S. elaborado en la década de los 90´, menciona que los máximos caudales medios anuales aprovechables en la cuenca del Río Huenque ascendían a 10.41 m3/seg. (1.1 m3/seg menos solicitado por PET), por el cual era imposible viabilizar este proyecto, en vista que afectarían las garantías de riego previstas en la cuenca del Río Ilave y mantener la cota normal del Lago Titicaca.

El 25 de mayo del 2005, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2005-AG, se deroga el Decreto Supremo Nº 013-2005-AG, constituyendo una Comisión Técnica encargada de establecer los volúmenes del Sistema Hídrico T.D.P.S., compatibles con su Plan Director, que serían materia de posterior reserva de agua a favor del PET, sin perjuicio de los derechos de uso de agua reconocidos en las zonas originarias y receptoras del recurso agua del sistema del Lago Titicaca de lado peruano; desde esa fecha no se conoció más detalles.
Actualizar los estudios hidrológicos en las cuencas del río Ilave (Huenque y Aguas Calientes) y Maure, haría conocer la disponibilidad hídrica en estas cuencas, puesto que es ampliamente conocido que los caudales de agua de los ríos en las cuencas del Lago Titicaca han disminuido considerablemente en esta última década.
Es conocido la escasez hídrica en la cuenca del pacífico y la alta rentabilidad de la agricultura, por el cual proyectos referidos al aprovechamiento del agua dulce siempre estarán presentes.
También es cierto que las pérdidas de agua por evaporación alcanzan el 95% en el lago Titicaca y que en épocas de avenidas generan inundaciones en las cuencas y áreas circunlacustres, y hace necesario un aprovechamiento integral de las aguas en construir represas en las partes altas, centrales hidroeléctricas, sistemas de riego, áreas de conservación. Sin embargo, previamente se debe definir los límites entre departamentos y; el tan comentado y siempre postergado Canon Hídrico.
En conclusión, para impulsar este tipo de proyectos es importante actualizar los estudios hidrológicos, proyectos futuros, efectos medio ambientales (Reserva de agua) y las consultas previas desde los niveles locales.

sábado, 19 de diciembre de 2015

Sancionaran a Municipalidades y Gobiernos Regionales que no presenten Informes de Fiscalización Ambiental

Las Municipalidades Distritales y Provinciales, Gobiernos Regionales y el resto de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFAs), los primeros treinta (30) días hábiles posteriores al año calendario, deben presentar sus Informes de Anuales de Actividades de Fiscalización Ambiental.
Esto en función al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA), que las EFAs, aprueban a través de una Resolución del titular del EFA, durante la primera quincena del mes de diciembre del año previo a la ejecución.
El PLANEFA aprobado debe contener como mínimo, un diagnóstico de la problemática ambiental que se circunscribe al ámbito de acción, la identificación de las unidades orgánicas responsables de la fiscalización ambiental, así como el detalle de las acciones de evaluación y supervisión ambiental a ser ejecutado.
Residuos Sólidos Municipales
PLANEFA comprende los siguientes componentes: 
a) Plan de evaluación ambiental: Contiene las acciones de monitoreo y vigilancia ambiental que realizará la EFA, en el marco de sus competencias. 
b) Plan de supervisión ambiental: Contiene las acciones de seguimiento y verificación de las obligaciones ambientales fiscalizables a cargo de las personas naturales o jurídicas, en el marco de sus competencias.
La priorización de actividades de fiscalización ambiental a ser consideradas entre otros son los siguientes:
a) Riesgo de afectación de los componentes ambientales por las actividades desarrolladas en la zona.
b) Riesgo de afectación de las poblaciones aledañas por las actividades desarrolladas en la zona.
c) Denuncias ambientales recibidas en la EFA respecto de las actividades desarrolladas en la zona.
d) Conflictos socioambientales generados por las actividades desarrolladas en la zona y.
e) Otros motivos justificados por la EFA.
La presentación de los informes son de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFAs), a partir de año 2015 y las que incumplan serán sancionados.

Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA): Entidad Pública de ámbito nacional, regional o local que tiene atribuida alguna o todas las acciones fiscalización ambiental.

domingo, 13 de diciembre de 2015

Acuerdos de la COP21, contra el Cambio Climático

La conferencia de París sobre el cambio climático finalmente ha dado frutos. Los 195 países reunidos en esa ciudad aprobaron este sábado un acuerdo final que se espera podrá entrar en vigor a comienzos de 2016.
El texto, que se logró después de dos semanas de negociaciones dentro de la reunión del clima COP21, ahora deberá ser ratificado por 55 países que representen al menos 55% de las emisiones globales de gases de efecto invernadero.
Este es el primer acuerdo en el que tanto naciones desarrolladas como países en desarrollo se comprometen a gestionar la transición hacia una economía baja en carbono.
El acuerdo de París tiene carácter vinculante por lo que sus firmantes están obligados legalmente a cumplirlo.
Establece el objetivo de lograr que el aumento de las temperaturas se mantenga bastante por debajo de los dos grados centígrados y compromete a los firmantes a "realizar esfuerzos" para limitar el aumento de las temperaturas a 1,5 grados en comparación con la era pre-industrial.
A continuación algunos elementos cruciales del convenio:
1. Objetivo a largo plazo
El acuerdo se ha fijado como objetivo de largo plazo garantizar que el calentamiento global se mantenga "muy por debajo" de los dos grados Celsius (3,6 grados Fahrenheit) y "emprender acciones" que limiten el aumento de la temperatura a 1,5 grados C (2,7 grados F).
Las temperaturas ya se han elevado alrededor de un grado centígrado en comparación con la época preindustrial. Para alcanzar la nueva meta, los gobiernos se comprometieron a frenar "cuanto antes" el incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero, los cuales retienen el calor.
En alguna fecha después de 2050, las emisiones causadas por el hombre deben ser reducidas a niveles que los bosques y océanos puedan absorber, según el acuerdo.
2. Objetivos sobre las emisiones
A fin de alcanzar el objetivo de largo plazo, los países acordaron fijarse cada cinco años metas nacionales para la reducción de gases de efecto invernadero.

Más de 180 países ya presentaron sus metas para el primer ciclo que comienza en 2020. Solamente los países desarrollados tienen previsto reducir sus emisiones en términos absolutos. Las naciones en desarrollo son "alentadas" a que hagan lo propio a medida que sus capacidades evolucionen con el tiempo.
Por lo pronto, en lo que llega 2020, sólo se espera de los países en desarrollo que controlen el aumento de sus emisiones mientras prosperan sus economías.
3. Revisión de los objetivos
Los objetivos iniciales serán insuficientes para enfilar al mundo a lograr el objetivo de largo plazo sobre el nivel de aumento máximo de la temperatura. Así, en el acuerdo se les pide a los gobiernos que revisen sus metas en los próximos cuatro años y examinen si pueden "actualizarlas". No es obligatorio que profundicen sus reducciones.
Sin embargo, la expectativa es que podrán reducirlas si tienen a su disposiciónfuentes de energía renovable más eficaces y más asequibles.
4. Transparencia

No hay sanciones contra los países que incumplan sus objetivos sobre emisiones. Sin embargo, el acuerdo prevé normas de transparencia que contribuirán a alentar a los países a que cumplan sus compromisos.

Este fue uno de los puntos más difíciles de concertar, porque China solicitaba compromisos obligatorios más flexibles para las naciones en desarrollo.
De acuerdo al pacto, todos los países deben informar sobre sus emisiones y sus acciones para reducirlas. Sin embargo, prevé cierta "flexibilidad" para los países en desarrollo que "la necesiten".
5. Recursos económicos
Según el acuerdo, los países ricos deben mantener su asistencia financiera a las naciones pobres para que éstas reduzcan sus emisiones y se adapten al cambio climático.
El convenio también alienta a otras naciones a que hagan aportaciones voluntarias. Esta asistencia allana el camino para que las economías emergentes como China hagan contribuciones aun cuando no están obligadas a hacerlo.
El acuerdo no prevé cantidades específicas. Sin embargo, las naciones ricas habían comprometido de antemano un financiamiento contra el cambio climático por 100 000 millones de dólares en los próximos años hasta 2020.
6. Pérdidas y daños
En una victoria para las pequeñas naciones isleñas a las que amenaza el aumento de nivel del mar, el acuerdo incluye una sección en la que se reconoce "las pérdidas y los daños" vinculados con los desastres derivados del clima. Estados Unidos había objetado por mucho tiempo la inclusión del tema en el acuerdo, preocupado de enfrentar reclamos de indemnización por daños relacionados con fenómenos climáticos extremos.
Fuente: (Medios)

 

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