lunes, 1 de septiembre de 2014

LEYES PARA LA RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL LAGO TITICACA

Ante la última la Ordenanza Regional N° 020 del Gobierno Regional Puno, donde se prevé financiar la implementación y el desarrollo de estrategias de conservación, protección, investigación y promoción turística del anfibio más grande del lago Titicaca, para contribuir al desarrollo económico de los pobladores de la zona, es importante revisar y evaluar el nivel de la implementación de la legislación que antecede desde el año 1987, instrumentos legislativos que se crearon, con la finalidad de recuperar la calidad ambiental de las aguas del Lago Titicaca.

  • 1987, Decreto Supremo Nº 023-87-MIPRE, fue creado el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca PELT.
  • 1997, Resolución Legislativa Nº 26873 y Decreto supremo N° 043-97-RE, se ratifica el acuerdo al establecimiento de la Autoridad Binacional Autónoma del Sistema Hidrológico lago Titicaca, río Desaguadero, lago Poopó y Salar de Coipasa (ALT) mediante Notas Reversales suscritas por los Cancilleres de Perú y Bolivia.
  • 1995, Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA “Informe de Evaluación de la contaminación en el Lago Titicaca”
  • 2002, Ley Nº 27814, se declara de necesidad y utilidad pública la descontaminación de la Bahía Interior de Puno - 2002, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-MINCETUR, se ha creado la Comisión Técnica Multisectorial encargada de proponer el Plan de Recuperación Ambiental de la Bahía de Puno en el Lago Titicaca, integrada, entre otros miembros, por un representante del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR PUNO.
  • 2006, Resolución Ministerial Nº 374-2006- PCM, se constituye la Comisión Multisectorial encargada de proponer un Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la Cuenca del río Ramis, adscrita al Ministerio de Energía y Minas. - 2007, Mediante Decreto Supremo Nº 034-2007-EM se aprobó el Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la Cuenca Río Ramis.
  • 2007, Resolución Presidencial Nº 171-2007-CONAM-CD, Declaran Emergencia Ambiental en áreas de influencia de las actividades de minería informal en la cuenca del río Ramis.
  • 2007, Ordenanza N° 015 – 2007 Gobierno Regional Puno “Conforman equipo Técnico Multisectorial Regional para la evaluación de agrobiodiversidad en área del Lago Titicaca, identificar peligros de pérdida y opciones de conservación segura de parientes silvestres de cultivos nativos, recuperación de conocimientos tradicionales y fortalecimiento de la organización comunal para la conservación in situ de la agrobiodiversidad del Altiplano”
  • 2008, Resolución Directoral N° 076.DREM PUNO/D “Aprueban Directiva N° 001.DREM PUNO/D, relativa a las acciones de control de maquinarias pesada en el distrito minero de Ananea como parte del Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la cuenca Ramis”
  • 2011, a través del Decreto de Urgencia N° 028-2011, se declaró de interés nacional y de ejecución prioritaria la recuperación ambiental de la cuenca de río Ramis y del río Suches en el departamento de Puno
  • 2011, Dictan normas complementarias al Decreto de Urgencia Nº 028-2011, a través del cual se encuentra prohibido el uso de equipo de extracción aurífera en las zonas de Pampa Blanca y Chaquiminas; Ananea – San Antonio de Putina; Anccocala, Cuyo Cuyo – Sandia; Huacchani, Crucero – Sandia y; Suches. Cojata - Huancané. Además de establecer actividades de remediación en la Cuenca de los ríos Ramis y Suches a través de proyectos destinados a la remediación de la Cuenca de los ríos Ramis y Suches, que cuenten con estudios de preinversión aprobados y declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, serán priorizados y financiados con cargo a los presupuestos institucionales de los Ministerios de Agricultura, de Energía y Minas, de Vivienda, Construcción y Saneamiento y del Gobierno Regional de Puno.
  • 2011, Decreto Supremo N° 033-2011-EM; Adecuación de Petitorios Mineros y Suspensión de Admisión de Petitorios Mineros en el departamento de Puno.
  • Resolución Ejecutiva Regional N° 144, 147, 171, 273 y 277 – 2011 PR –GR PUNO, se Conforman los Grupos Técnicos Regionales de Cambio Climático, Conformación del Grupo Técnico Regional de Trabajo del Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico II Etapa, Conformar la Mesa de Trabajo de Minería de la Región Puno, Diversidad Biológica y Monitoreo Ambiental – Recursos Hídricos.
  • 2012, Resolución Ejecutiva Regional N° 083 – 2012 – PR – GR PUNO, se conformó el Comité de Pasivos Ambientales Mineros de la Región Puno”
  • 2012, Decreto Legislativo N° 1099 se aprueba acciones de interdicción de la minería ilegal en el departamento de Puno y remediación ambiental en las cuecas de los Ríos Rámis y Suches.
  • 2012, Ley N° 29906 “Ley que declara de Utilidad y Necesidad Pública la Prevención y Recuperación Ambiental Integral del Lago Titicaca y sus Afluentes”
  • 2013, Decreto Supremo N° 075 – 2013 – PCM se crea la Comisión Multisectorial para la Prevención y Recuperación Ambiental de la Cuenca del Lago Titicaca y sus Afluentes”
  • 2013, Ordenanza 004-2013-GRP-CRP Gobierno Regional Puno, se crea el Grupo Técnico Regional de Recurso Hídrico, como instancia consultiva de coordinación y concertación, orientados a la conservación y uso sostenible del agua y formulación de políticas generales sobre gestión integral de los recursos hídricos y el mismo que se encargará de elaborar la Estrategia Regional de Recursos Hídricos de la Región Puno en base a la legislación nacional vigente.

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